Por: Redacción PL.
Foto: Archivo PL | Julián Solís Rubio.
Jueves 11 de agosto de 2016.
CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que todas las personas que deseen realizar manifestaciones, peregrinaciones, caravanas, desfiles o concentraciones humanas con fines políticos, sociales, religiosos, deportivos o recreativos, deberán notificarlo por escrito, con 48 horas de anticipación, a la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México.
El ministro presidente de la SCJN, Luis María Aguilar, informó que el artículo 212 de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México se quedará tal y como fue aprobado por la Asamblea Legislativa capitalina, porque la resolución fue aprobada por una mayoría de seis votos.
Según dicho ordenamiento, la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) local tendrá la obligación de dar las facilidades necesarias a los individuos o grupos que se quieran manifestar de manera perfectamente lícita.
Agrega, además, que "La Administración Pública en el ámbito de su competencia deberá informar a la población a través de los medios masivos de comunicación y medios electrónicos, sobre el desarrollo de manifestaciones, actos o circunstancias que alteren de forma momentánea, transitoria o permanente la vialidad. Asimismo, deberá proponer alternativas para el tránsito de las personas y/o vehículos."