Ratifican auto de formal prisión contra María de los Ángeles Pineda Villa

 
TOLUCA, 30 de abril.- El  Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Procesos Penales Federales en el Estado de México, con sede en Toluca, decretó de nueva cuenta auto de formal prisión  María de los Ángeles Pineda Villa, por el delito de delincuencia organizada, ya que las pruebas existentes en la causa penal de origen resultaron suficientes para demostrar el cuerpo del delito y su probable responsabilidad.informa en la causa penal 105/2014.
 
El Consejo de la Judicatura Federal difundió, al respecto, el siguiente comunicado, que se reproduce de manera textual:
 
 
ASUNTO: El Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Procesos Penales Federales en el Estado de México, con sede en Toluca, informa en la causa penal 105/2014, instruida en contra de María de los Ángeles Pineda Villa, lo siguiente: 
 
1.    En cumplimiento a lo ordenado en resolución de 24 de abril de 2015, por el Sexto Tribunal Unitario del Segundo Circuito, en los autos del toca penal 15/2015, se ordenó la reposición del procedimiento en la mencionada causa penal, a efecto de reabrir el periodo de preinstrucción duplicado para dar oportunidad a la procesada y a su defensa de ofrecer pruebas dentro de la dilación constitucional, lo que así se hizo, por lo que se recibieron diversas pruebas documentales y alegatos.
 
2.    Este día, a las 14:59 horas, esta autoridad jurisdiccional resolvió la situación jurídica de Pineda Villa, a quien se le decretó de nueva cuenta auto de formal prisión por el delito de delincuencia organizada, ya que las pruebas existentes en la causa penal de origen resultaron suficientes para demostrar el cuerpo del delito y su probable responsabilidad.
 
Es de recordar que el pasado 9 de enero de los corrientes, este órgano jurisdiccional le dictó auto de formal prisión a Pineda Villa por su probable responsabilidad en la comisión del delito de Delincuencia organizada, en las hipótesis de cometer delitos contra la salud y operaciones con recursos de procedencia ilícita, previsto por el artículo 2, fracción I, y sancionado por el numeral 4, fracción I, inciso b), de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada. 
 
Foto: Especial.