Más que leyes, castigar a quienes las violan

20.09.2016 17:17
 
En principio, las Constituciones políticas de los Estados son el instrumento jurídico que constata y protege los derechos y obligaciones de los ciudadanos, y la conformación y operación de las instituciones dadas para el buen funcionamiento de la sociedad.
 
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, nuestra Carta Magna, consta de 136 artículos y 19 transitorios, y está dividida en dos grandes apartados: la parte Dogmática, que incluye las garantías o derechos individuales; y, la Pragmática, que establece: 1) la estructura, funcionamiento, y facultades de los poderes federales y locales; 2) los principios que rigen a la nación y Estado mexicanos; 3) prevenciones generales y complementarias; y, 4) disposiciones transitorias.
 
Desde su artículo Primero (“De las garantías individuales y los Derechos Humanos”) este documento básico establece que: “En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que otorga esta Constitución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse, sino en los casos y con las condiciones que ella misma establece.
 
“Está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcanzarán, por este solo hecho, su libertad y la protección de las leyes.
 
“Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”.
 
Me detengo en este último párrafo porque creo que es suficientemente claro el concepto de la no discriminación en México, bajo ninguna condición  ni circunstancia. Por ello, me parece ocioso que los legisladores –diputados y senadores, más los asambleístas de la Ciudad de México– y opinadores y analistas políticos pierdan tiempo y esfuerzo en proponer iniciativas, los primeros, y en discutir, los segundos, la pertinencia de “defender” los derechos de grupos particulares de personas. Entiéndase: mujeres; niñas y niños; adolescentes; personas de la “tercera edad”; indígenas; homosexuales; “grupos vulnerables”, y muchos etcétera que lo único que hacen es confundir a la sociedad, y en muchas ocasiones dividirla por temas muy polémicos, como el matrimonio entre personas del mismo sexo.
 
Entiendo la lógica de querer proteger a esos grupos, con el argumento de que existen violaciones a sus derechos, pero precisamente no es haciendo leyes “particulares” para cada grupo como se van a respetar sus derechos, que ya están debidamente protegidos en el artículo Primero constitucional, como ya vimos. Es sancionando conforme a la ley a quienes vulneran esos derechos como los protegeremos más eficientemente. 
 
Esto viene a cuento por el proceso que apenas inicia para crear la Constitución de la Ciudad de México, con los 100 “elegidos e iluminados” que la analizarán y votarán en los próximos meses.
 
Lo que debe garantizar una Constitución son los derechos básicos de la población, pero sobre todo cómo se sancionará a quien atente contra esos derechos, y en eso es donde menos ponen atención nuestros legisladores y analistas. 
 
Los primeros, porque les sirve para justificar su presencia, pues para eso están: “para hacer leyes”, no importa que tampoco sirvan para nada, ya que en nuestro país lamentablemente para quien viola la ley no hay consecuencias, por las deficiencias que mantenemos en la procuración e impartición de justicia. A nadie importa lo que diga la ley, si a la hora de enfrentarla, con un buen abogado bien pagado, se pueden buscar los vericuetos para evadirla.
 
Y los segundos, porque parecen entrar en el juego político de los dimes y diretes que distraen a la sociedad y la mantienen entretenida, sin entrar al fondo de los asuntos públicos, a lo que realmente afecta a las personas en su día a día.
 
Por lo anterior, es de esperar que la Constitución de esta capital acabe siendo un catálogo de buenas intenciones, un listado de derechos que en principio ya tenemos en la carta federal, y que carecerá de lo sustancial: cómo evitar que los que abusan y transgreden las leyes sean efectivamente sancionados, sin importar posiciones sociales, ni ingresos, ni si son políticos o son ciudadanos comunes. Y también cómo impedir que gente inocente sea la que acabe encarcelada por las carencias y corruptelas de nuestro sistema de justicia.